Establece que los alumnos que actualmente cursan el 1º Año de CB de Educación Secundaria en Unidades Educativas de gestión estatal y privada y que adeudan hasta dos áreas/espacios curriculares de 7º Año de Nivel de Educación Primaria deberán regularizar su situación académica hasta febrero de 2012 para Régimen Común y hasta agosto de 2012 para Régimen de Verano, respetando las fechas previstas por Calendario Escolar 2011, según se establece por Resolución Ministerial Nº 7471/10 y sus respectivas modificatorias.