Se dispuso que las instituciones educativas que hayan producido pases provisorios durante el año 2020 concreten los procedimientos establecidos en el Decreto N° 912/14, para garantizar la regularización de la movilidad y trayectoria escolar de los alumnos involucrados.
Las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Educación Privada, Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y Educación Técnica y Formación Profesional dispusieron la medida, enmarcada en la Unificación Pedagógica 2020-2021.
Asimismo -al realizar la matriculación provisoria- se dispuso que la institución receptora labre un Acta Compromiso en la que se deje constancia del estado curricular en detalle y la notificación de forma según anexo del Reglamento General de Pases, incisos 2) 9°, 10° y 11°. Tal acta debe ser refrendada/firmada por la máxima autoridad del establecimiento, los padres o tutor del estudiante y el estudiante.
De igual manera, la disposición conjunta establece en su articulado que a partir de la fecha en que se efectivice la entrega del pase definitivo a la institución receptora, ésta institución deberá contemplar las instancias de Comisión Evaluadoras correspondientes al Periodo Lectivo en curso, contemplando la unidad pedagógica 2020-2021, según la orientación y/o modalidad de Escuela Secundaria y de acuerdo a lo establecido por calendario escolar y normas federales.
Finalmente, se establece que los establecimientos dependientes de la Dirección General de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, adecuarán lo precedente al sistema de pares de módulos anuales y el adelanto de módulos, y demás prescripciones previstas en la Resolución Ministerial N° 169/17.
Disposición Conjunta DGES Nº 023-21 DGEP Nº 090-21 DGETyFP Nº 020-21 DGEPJA Nº 005-21