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Solicitan a las escuelas cumplir con los requisitos determinados por el Reglamento General de Pases

 

Se dispuso que las instituciones educativas que hayan producido pases provisorios durante el año 2020 concreten los procedimientos establecidos en el Decreto N° 912/14, para garantizar la regularización de la movilidad y trayectoria escolar de los alumnos involucrados.

Las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Educación Privada, Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y Educación Técnica y Formación Profesional dispusieron la medida, enmarcada en la Unificación Pedagógica 2020-2021.

Asimismo -al realizar la matriculación provisoria- se dispuso que la institución receptora labre un Acta Compromiso en la que se deje constancia del estado curricular en detalle y la notificación de forma según anexo del Reglamento General de Pases, incisos 2) 9°, 10° y 11°. Tal acta debe ser refrendada/firmada por la máxima autoridad del establecimiento, los padres o tutor del estudiante y el estudiante.

De igual manera, la disposición conjunta establece en su articulado que a partir de la fecha en que se efectivice la entrega del pase definitivo a la institución receptora, ésta institución deberá contemplar las instancias de Comisión Evaluadoras correspondientes al Periodo Lectivo en curso, contemplando la unidad pedagógica 2020-2021, según la orientación y/o modalidad de Escuela Secundaria y de acuerdo a lo establecido por calendario escolar y normas federales.

Finalmente, se establece que los establecimientos dependientes de la Dirección General de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, adecuarán lo precedente al sistema de pares de módulos anuales y el adelanto de módulos, y demás prescripciones previstas en la Resolución Ministerial N° 169/17.

Disposición Conjunta DGES Nº 023-21 DGEP Nº 090-21 DGETyFP Nº 020-21 DGEPJA Nº 005-21 

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